Estado breve: todo lo que sigue se refiere a un proyecto de ley — expediente nº 2995 del Sejm —, no a una ley vigente. La Comisión votó 8:7 el 3 de septiembre de 2026 para posponer el trabajo detallado; su siguiente sesión fue el 22 de octubre de 2026 a las 10:00. Si su barco ya navega bajo bandera polaca, nada cambia hoy en su registro. Esta guía explica qué podría significar el proyecto en el futuro, y qué consideramos sensato hacer mientras tanto.
La mayoría de la cobertura sobre este proyecto se centra en nuevos solicitantes. Pero dos elementos afectan específicamente a quienes ya tienen su barco inscrito en REJA24: un plazo transitorio único para presentar una solicitud de confirmación (artículo 4) y una obligación recurrente de confirmar los datos del registro al menos cada 5 años (artículo 10a).
Según el artículo 4 del proyecto, las inscripciones existentes seguirían siendo válidas, pero el propietario debería presentar una solicitud de confirmación dentro de un plazo contado desde la entrada en vigor de la ley. Ese plazo depende de la fecha de registro original:
Estos plazos solo empiezan a contar cuando la ley realmente entre en vigor — y eso aún no ha ocurrido.
Solo si su embarcación no es propiedad polaca — es decir, la vía de registro voluntario que utilizan la mayoría de los propietarios extranjeros. El texto del proyecto (artículo 4.3) exige que, para este grupo, los documentos de la revisión inicial se adjunten a la solicitud de confirmación — según el texto literal, la revisión alcanzaría también a embarcaciones ya registradas, no solo a las nuevas. El Ministerio se mostró contradictorio sobre este punto en la sesión del 3 de septiembre de 2026, así que lo describimos como «según el texto del proyecto, puede cambiar». Si su barco es y sigue siendo propiedad polaca, esta exigencia no le afectaría.
Al margen del plazo transitorio único, el artículo 10a introduciría la obligación de confirmar la validez del documento de registro, como regla general no menos de una vez cada 5 años. Una ventaja prevista: si al confirmar quedan menos de 36 meses hasta el siguiente quinto aniversario, el propietario quedaría exento del ciclo siguiente.
Según los artículos 10b, 10c y 10e, no presentar la confirmación a tiempo (o una discrepancia en los datos) llevaría primero a la suspensión de la validez del documento — sin poder navegar. Si sigue sin presentarse en 12 meses, la embarcación se da de baja del registro y pierde la nacionalidad polaca; el documento debería devolverse o invalidarse. Por eso es importante, ya desde hoy, que sus datos de contacto en REJA24 sean correctos.
No hemos encontrado nada en el texto del proyecto que quite el registro bajo bandera polaca a embarcaciones pequeñas o fluviales, nuevas o ya registradas. Seguirían, como hoy, fuera del grupo de registro obligatorio, pero necesitarían el documento si navegan fuera de aguas polacas.
Legalmente no — el proyecto sigue en Comisión. El mantenimiento de datos de arriba ayuda sea cual sea el resultado.
No por un proyecto de ley. Si se aprueba, el artículo 4 le daría un plazo (3–24 meses) para confirmar — no una baja automática.
Sí, con un plazo transitorio único según el artículo 4, y después el ciclo recurrente del artículo 10a.
Primero suspensión; si pasan 12 meses más sin solicitud, baja del registro.
Solo si el barco no es propiedad polaca — según el texto del proyecto, puede cambiar.
Sí, escríbanos a info@polish-flags.com y revisamos sus datos y documentos.
Ayudamos a propietarios extranjeros con los trámites de REJA24, también después del registro inicial.
Contacto — info@polish-flags.comÚltima actualización: 30 de octubre de 2026